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Arbitraje internacional: normas sustantivas, normas procesales y de obligado cumplimiento


Esta guía se actualizó por última vez en agosto de 2011.

El arbitraje es un método formal de resolución de controversias por parte de una o más personas imparciales que conduce a una decisión final y vinculante. El tribunal arbitral puede estar formado por expertos legales o del sector elegidos por las propias partes, mediante procedimientos en los que pueden influir.

El arbitraje internacional se celebra en todo el mundo en contextos jurídicos y culturales muy diferentes y puede ofrecer la resolución rápida, práctica y económica de controversias transfronterizas.

Los diferentes aspectos de un arbitraje internacional probablemente se rigen por diferentes leyes. Por ejemplo, es posible que se apliquen diferentes sistemas jurídicos a:

  • la controversia principal que se ha sometido a arbitraje;
  • el propio arbitraje, incluyendo el procedimiento de arbitraje y el papel de los tribunales nacionales en la supervisión y apoyo al mismo;
  • el acuerdo de arbitraje, que afecta a cuestiones como su alcance, efectos, estructura o validez; y
  • el laudo, que incluye cuestiones como su ejecución, validez y reconocimiento.

Esta guía se centra en las diferencias y las relaciones entre las normas procesales, sustantivas y de obligado cumplimiento.

Normas procesales

Las normas procesales sobre arbitraje se denominan a veces "lex arbitri" o ley arbitral. El derecho procesal aplicable depende del lugar, o "sede", del arbitraje.

El Derecho Procesal establece hasta qué punto participan en el proceso los tribunales nacionales, por ejemplo:

  • las formalidades que deban cumplirse;
  • hasta qué punto el acuerdo de arbitraje excluye la competencia de los tribunales;
  • el grado de autonomía y discrecionalidad de las partes para elegir el procedimiento arbitral;
  • qué apoyo dará el tribunal al arbitraje;
  • si la decisión del tribunal arbitral podrá apelarse y qué plazos se aplicarán;
  • la ejecución del laudo.

La importancia de la participación de los tribunales nacionales en el arbitraje depende de la rapidez y de la naturaleza de los tribunales de esa jurisdicción en particular.

En Inglaterra y Gales, la legislación procesal aplicable está contemplada en la "Arbitration Act" o Ley de Arbitraje de 1996, que crea un deber genérico al tribunal de:

  • actuar justa e imparcialmente;
  • dar a cada parte una oportunidad suficiente de exponer su caso y responder al de su contrario;
  • aplicar procedimientos adecuados;
  • evitar dilaciones o gastos innecesarios;
  • ·ofrecer medios equitativos para la resolución de las cuestiones que deben decidirse.

Otros aspectos importantes del arbitraje a los que afecta la legislación procesal son la transparencia, las pruebas testificales y los plazos de prescripción. Sin embargo, el impacto de la legislación procesal en la sede del arbitraje puede ser mucho menor si el arbitraje se rige por un reglamento institucional. Aunque cada sistema sigue un método diferente, el contenido de los reglamentos tiende a ser muy genérico y permite un grado considerable de discrecionalidad en cuanto al procedimiento que se aplicará.

Derecho sustantivo

El derecho sustantivo es el derecho que se aplica al objeto y al fondo de la controversia. Se denomina a veces "ley aplicable" o "law of the contract". En la mayoría de las jurisdicciones, las partes pueden elegir libremente qué ley aplicar. El acuerdo de arbitraje determina la ley aplicable desde el inicio, y el derecho de las partes a elegirla se consagra en varios convenios internacionales y reglamentos institucionales.

Por ejemplo, el reglamento de la Corte de Arbitraje Internacional de Londres (LCIA, por sus siglas en inglés) dispone que:

"el Tribunal arbitral resolverá la controversia entre las partes según lo dispuesto en las leyes o normas elegidas por las partes como ley aplicable al fondo del conflicto. En el caso y en la medida en que el tribunal arbitral determine que las partes no han hecho tal elección, aplicará las leyes o normas que estime apropiadas".

Para informarse sobre la ley aplicable si no aparece en el Convenio de Roma sobre la ley aplicable a obligaciones contractuales (Roma I) y extracontractuales (Roma II), consulte nuestras guías específicas en Out-Law.

Normas de obligado cumplimiento

A pesar de tener libertad de elección en cuanto al derecho sustantivo que se aplicará a su controversia, tal como se ha indicado anteriormente, las partes de un arbitraje internacional no siempre pueden sustraerse a las normas aplicables en la sede del arbitraje. Las normas de obligado cumplimiento son aquellas cuya aplicación solo puede ser suspendida mediante contrato. Los reglamentos institucionales aplicables que regulan la controversia solo pueden modificar o sustituir las disposiciones no imperativas de la legislación procesal de la sede del arbitraje.

Las normas de obligado cumplimiento:

  • pueden afectar al fondo de la controversia: por ejemplo: normas anticorrupción o normas sobre la competencia;
  • pueden influir en las normas procesales, por ejemplo, sobre la ejecución.

En un caso ocurrido en los Emiratos Árabes Unidos, se denegó la ejecución de un laudo arbitral debido a que no se utilizó una fórmula de juramento exigida por los testigos. Aunque este caso se resolvió antes de que los Emiratos Árabes Unidos firmasen la Convención de Nueva York sobre la ejecución de laudos arbitrales —por lo que hoy en día este tipo de casos se resolverían de manera diferente—, el conflicto se resolvió únicamente tras un largo y costoso proceso judicial.

El caso también refleja la importancia de tener en cuenta desde el inicio si alguna de las partes querrá ejecutar el laudo si tiene éxito en el arbitraje. Las partes deben reflexionar cuidadosamente sobre las implicaciones de la ejecución en una jurisdicción determinada, ya que la capacidad de ejecutar un laudo puede depender, no solo del cumplimiento de toda la legislación procesal aplicable, sino también del apoyo de los tribunales locales.

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